130 Los Menores y la Ley ¿Qué sucede si un oficial de la policía pone a un niño bajo custodia? Si un oficial de la policía pone al menor bajo custodia o en una situación en que no el niño no siente que tiene la opción de irse, el agente policiaco debe informarle al menor sobre sus derechos de Miranda antes de hacerle más pre- guntas. Los Derechos de Miranda son los siguientes: • El niño tiene el derecho a guardar silencio. • Cualquier cosa que diga el niño se puede usar en su contra en un proceso judicial. • El niño tiene el derecho a que lo represente un abogado. • Si el niño carece de medios para contratar su propio abogado, se le asig- nará un abogado. Para que un oficial de la policía pueda interrogar a un menor que no haya cumplido los 14 años, deberá estar presente uno de sus padres o un adulto a cargo de velar por su bienestar. Mientras que comúnmente la policía pide que los padres o el guardián estén presentes cuando interrogan a un menor, los menores que han cumplido los 14 años pueden renunciar a sus derechos y someterse al interrogatorio sin el asesoramiento de un adulto; no obstante, al menor se le debe dar la oportunidad de consultar con un adulto interesado en su bienestar. ¿Por qué necesita el menor un abogado? La función del abogado es asegurar que los derechos que el menor tiene por ley no sean violados y de hablar en su nombre. Un menor tiene los mismos derechos que tiene un adulto. A esta persona se le llama el abogado defensor. Esto quiere decir que el niño tiene el derecho de tener una relación confiden- cial (privada) con su abogado. El abogado no puede comentarle nada de lo que el niño le diga ni a los padres, ni al guardián, ni al oficial de probatoria, ni al juez a no ser que el niño le de permiso al abogado. A veces el abogado defensor argumenta en contra de que el menor haya re- nunciado voluntariamente y con conocimiento de causa a su derecho de guar- dar silencio y presenta una solicitud por escrito donde pide que no se admita como prueba lo que haya dicho. Esa solicitud se titula petición para excluir pruebas. Después de ser presentada la solicitud, se lleva a cabo una audiencia en la cual el juez escucha a los testigos y decide si las declaraciones del menor se pueden usar como prueba o no. Si el juez determina que no se pueden usar como prueba, el asistente del fiscal de distrito (Assistant District Attorney o ADA por sus siglas en inglés)* decidirá si el gobierno aún así desea procesar el El Menor Infractor 11