36 Los Menores y la Ley ¿Qué sucede si el juez decide que, debido a que el niño desobedece las normas del hogar, es muy probable que no se presente a la Audiencia de Determinación de los Hechos o de Disposición? En ese caso, el juez puede ordenar que el niño quede temporalmente bajo la custodia del DCF durante 15 días. En la audiencia al final de los 15 días, el juez puede decidir regresarle la custodia al padre o al guardián o renovar la custo- dia temporal del DCF por otros 15 días. En la próxima audiencia, el juez puede renovar por tercera ocasión la orden de custodia temporal por otros 15 días. El tiempo máximo que un niño puede estar bajo la custodia temporal del DCF antes de un una Audiencia Para Determinar los Hechos es 45 días. ¿Qué sucede en una Audiencia de Conferencia? El propósito de una Audiencia de Conferencia es que el juez obtenga suficiente información para tomar una decisión acerca de lo que es mejor para el niño. Debe ser un proceso de colaboración, en el cual el juez escucha las recomen- daciones de todos los asistentes. Estos pueden incluir al niño; al abogado del niño; al padre o el guardián; un representantes del programas que le otorgan servicios o del centro de recursos involucrado con la familia; a la persona que presentó la solicitud de CRA; a representantes de la escuela del niño; a rep- resentantes del DCF si está involucrado con la familia; a otras personas que puedan ser útiles en identificar medios de asistencia eficaz al alcance del niño y de la familia; y al oficial de probatoria. El oficial de probatoria envía las in- vitaciones para estas juntas y solicita que se invite a determinadas personas. Las personas quienes asisten a la Audiencia de Conferencia pueden darle al juez por escrito recomendaciones sobre los servicios apropiados para el niño y la familia, dónde colocar al niño, y los tratamientos y servicios que deben dársele en el lugar donde se le coloque. Es necesario que el oficial de probato- ria presente un informe por escrito con recomendaciones acerca de los servi- cios, el tratamiento y la colocación. ¿Qué sucede en una Audiencia de Disposición? En una Audiencia de Disposición, el oficial de probatoria le presenta al juez un informe por escrito. El juez entonces dispone órdenes cuya intención es ayu- dar al niño. El objetivo es ayudar fortalecer y fomentar la vida familiar. El juez decide si lo mejor para el niño es quedarse en el hogar. El juez puede requerir que se cumplan ciertas condiciones si el niño ha de permanecer en el hogar. El juez deberá decidir si el DCF hizo un esfuerzo razonable para impedir que al niño sea removido de su casa, y si hay un peligro inmediato de daño o de El Niño que Requiere Asistencia 4