48 Los Menores y la Ley • Determinar la condición de cualquiera de los otros niño que viven en la casa. • Realizar una evaluación de los padres o del tutor y del ambiente en el hogar. El DCF después decide si “apoya”, “no apoya”, o encuentran que hay una “preocupación con sustento”. El DCF apoya el informe cuando tiene motivos razonables para creer que hubo un incidente de maltrato o descuido causado por un cuidador principal del menor. El investigador del DCF no tiene que determinar que el acto de maltrato o descuido reportado realmente ocurrió. El DCF únicamente debe determinar que hay motivos razonables para creer que algún cuidador del niño de alguna forma lo maltrató o lo descuidó. Una determinación de “preocupación con sustento” significa que el DCF tiene causa razonable para creer que el niño ha sido descuidado y que las acciones (o inacciones) del cuidador principal crean un potencial para la negligencia, pero que no hay un riesgo inmediato para la seguridad o el bienestar del niño. Durante la investigación, se le deberá informar a los padres o al tutor lo que se le reporta al DCF. Sin embargo, a los padres o al tutor no se les da el nombre de la persona que reportó el maltrato o el descuido al DCF. ¿Cuándo puede el DCF retirar al niño del hogar? El DCF tiene la autoridad para retirar al niño del hogar y de asumir la custodia temporal de inmediato sin la aprobación de un juez si tiene causa razonable para creer que debe proteger al niño de maltrato o descuido adicional. Esto es una respuesta de emergencia. El DCF debe tomar en cuenta el daño que puede causarle al niño al tomar la decisión de ser retirado de la casa, así como también el riesgo de que el niño sufra un daño si no se le retira de inmediato de la casa. Si el DCF asume la custodia de emergencia, debe inmediatamente presentar una Petición de Cuidado y Protección ante el juez (ver el capítulo siguiente). Si el juzgado está cerrado, el DCF deberá presentar la Petición el próximo día en que el juzgado esté abierto. Las leyes respecto al maltrato y descuido de los niños se encuentran en los capítulos 119 y 210 de las Leyes Generales de Massachusetts. Niños Maltratados y Descuidados 5