42 Los Menores y la Ley Niños Maltratados y Descuidados Las leyes de Massachusetts requieren que ciertos profesionales le reporten al Departamento de Niños y Familias (DCF) si tienen “causa razonable para creer” que un niño ha sido maltratado o descuidado. Además, cualquier otra persona puede reportar sus sospechas de maltrato o descuido hacia un niño. Al informe de maltrato o descuido se le llama 51A. El número se refiere a la sección del capítulo 119 de las Leyes Generales de Massachusetts en donde se definen los informes de maltrato o descuido de menores. ¿A quiénes se les exige que reporten una sospecha de maltrato? Entre aquellos a quienes se les exige que reporten esas sospechas están los maestros, otros funcionarios de las escuelas, las personas que trabajan en las guarderías, los profesionales de salud, los trabajadores sociales, los conseje- ros, los agentes de probación, los padres de acogida y los agentes de la policía. Si alguno de estos profesionales, en el curso de sus actividades, estima razona- blemente creer que un niño menor de 18 años sufre de alguna lesión físicas o emocional seria como resultado de maltrato o descuido, ese profesional debe inmediatamente presentar un reporte por escrito en el DCF. A estos profesio- nales obligados a informar maltrato o descuido se les llama informantes por mandato. Salvo que hayan recibido la información en confesión u otra prác- tica religiosa similar, los líderes religiosos también tienen la obligación de re- portar maltrato o descuido de un menor. ¿Qué deben reportar estos profesionales? Estos profesionales deben reportar su creencia razonable que un niño sufre una lesión física o emocional debido a: • Maltrato que cause daño o un riesgo sustancial de daño a la salud o al bienestar del niño, incluyendo el abuso sexual. • Descuido, incluyendo la malnutrición. • Dependencia física de drogas adictivas al nacer. • Ser un niño explotado sexualmente. • Ser víctima de tráfico humano. Niños Maltratados y Descuidados 5 5