138 Los Menores y la Ley edificio y solamente vigila afuera, se le puede acusar de allanamiento de mora- da tal como si él hubiese entrado. Sin embargo, el simple hecho de estar pre- sente o de saber acerca de un delito no es suficiente para establecer empresa conjunta. Deberá haber pruebas de que el menor sabía del delito y además tenía la intención de participar en el quebrantamiento de la ley. ¿Qué sucede en el juzgado después de un arresto o de una audiencia ante el secretario magistrado? Un niño siempre debe presentarse al tribunal acompañado de uno de sus pa- dres o su guardián. Una vez que lleguen al tribunal, se deberán presentar en el departamento de probatoria de menores para llevar a cabo una “entrevista inicial”. Un oficial de probatoria entrevista al menor y al padre o guardián del menor para obtener información sobre sus antecedentes. Algunos juzgados ofrecen programas de desviación, lo que hace posible que un niño acusado de una ofensa leve, evite el proceso formal en el juzgado. Al estár dispuesto a participar en un programa de condena alternativa, al menor se le puede exigir que haga servicio comunitario, pague por los daños cau- sados, o participe en servicios, como por ejemplo, un programa para aprender a controlar el enojo. Algunos casos en el tribunal de menores pueden ser referidos a desviación an- tes de la lectura de cargos. Hay tres maneras como esto puede suceder: 1. El fiscal puede desviar el proceso. 2. El juez puede desviar el proceso. 3. Un menor, a través de su abogado, puede solicitar la desviación. Si al niño se le refiere al programa de desviación antes de leérsele los cargos, estos no aparecen en los antecedentes penales de menor. Un niño también puede ser referido a un programa de justicia restaurativa* basado en la comunidad antes de que le lean los cargos si el niño, el asistente del fiscal de distrito, y la supuesta víctima están de acuerdo. (Este tipo de refer- encia puede hacerse aun después de la lectura de cargos.) * Un programa de justicia restaurativa es una alternativa al sistema judicial penal y se basa en reunir a la supuesta víctima,al ofensor y a la comunidad para reparar las relaciones dañadas por una ofensa y entender el impacto de la ofen- sa que se acusa. Si a un niño se le refiere a un programa de justicia restaurativa, él debe aceptar la responsabilidad de la ofensa. Ciertas ofensas no pueden ser referidas a la justicia restaurativa. El Menor Infractor 11