148 Los Menores y la Ley wealth (el gobierno estatal representado por el fiscal) ha demostrado más allá de una duda razonable los hechos en cada uno de los cargos. Si todos los miembros del jurado determinan más allá de una duda razonable que el menor cometió la ofensa, se le adjudica (declara culpable) de haber cometido esa ofensa. Si el jurado determina que es un menor infractor o lo adjudica, el juez establece la disposición (condena). Si todos los jurados determinan que no se han demostrado las acusaciones más allá de una duda razonable, al menor se le declara “no infractor” o no culpable en cuanto a ese cargo. Si todos los miembros del jurado no están de acuerdo, se declara “juicio nulo”. El fiscal de distrito decide si el estado desea procesar el caso otra vez y fija fecha para un nuevo juicio. No todos los casos que se hayan fijado para un juicio oral se llevan a cabo, porque el menor puede negociar una condena acordada con la ayuda de su abogado. Aun cuando el juicio oral ya esté colocado en la sesión de juicios orales ante los miembros de un jurado, el menor puede solicitar un juicio ante un juez y no ante los miembros de un jurado. ¿Qué decisiones puede tomar el juez después del juicio oral? Si no hay jurado, es el juez quien “determina los hechos”, y tal como lo haría el jurado, decide si los cargos se han demostrado más allá de una duda ra- zonable. Si el juez o el jurado decide que el estado (el fiscal de distrito) no ha probado los cargos en contra del menor más allá de una duda razonable, el juez da el fallo de “no infractor” y el menor sale libre. Si el juez decide que el estado ha demostrado los cargos contra el menor más allá de una duda razonable, decide que hay hechos suficientes para declararlo menor infractor. El oficial de probatoria le avisa al juez si el menor ha esta- do anteriormente implicado en un caso en algún juzgado de Massachusetts. El oficial de probatoria también le da información al juez sobre su familia y su trayectoria escolar. En algunos juzgados el oficial de probatoria puede recomendarle al juez la condena que considera adecuada. El fiscal de distrito y el abogado defensor presentarán argumentos ante el juez acerca de la conde- na que consideren adecuada. El juez puede decidir posponer la decisión o “no imponer un fallo” o “CWOF” por sus siglas en inglés. Si el menor no se mete en problemas y cumple con las “condiciones de la probatoria” (ver más adelante), durante el plazo que fije el juez, el menor no tendrá antecedentes penales y el juez despedirá el caso al final del término señalado. El Menor Infractor 11